Convenio bilateral seguridad social españa argentina
Acuerdo internacional de seguridad social
El Gabinete aprueba el Acuerdo de Seguridad Social entre India y Brasil El Gabinete de la Unión, presidido por el Primer Ministro Shri Narendra Modi, ha dado su aprobación para la firma del Acuerdo de Seguridad Social entre la República de India y la República Federativa de Brasil.
India ha estado suscribiendo acuerdos bilaterales de seguridad social con otros países para proteger los intereses de los profesionales y trabajadores cualificados indios que trabajan en el extranjero durante periodos cortos y mejorar la competitividad de las empresas indias.
La idea de entablar pactos sobre programas de seguridad social con las naciones del BRICS se debatió en las reuniones de los Ministros de Trabajo y Empleo del BRICS celebradas el 9 de junio de 2016 en Ginebra y los días 27 y 28 de septiembre de 2016 en Nueva Delhi, respectivamente. La posibilidad de celebrar acuerdos de seguridad social entre los países del BRICS también se menciona en la Declaración de Goa de la 8ª Cumbre de Líderes del BRICS. Llevando adelante el espíritu de la Declaración de Goa, India y Brasil celebraron las negociaciones sobre ASS del 13 al 16 de marzo de 2017 en Brasilia. Al final de las negociaciones, ambas partes rubricaron el texto final del Acuerdo de Seguridad Social.
Acuerdos bilaterales de seguridad social uk
Para eliminar la doble imposición con respecto a los impuestos de la Seguridad Social y de Medicare, Estados Unidos ha firmado acuerdos internacionales (conocidos como «Acuerdos de Totalización») con 25 países extranjeros. Los Acuerdos de Totalización eximen a los salarios de los impuestos de la Ley Federal de Contribuciones al Seguro (FICA), incluidos los impuestos de la Seguridad Social y de Medicare, si los ingresos de un individuo están sujetos a impuestos o contribuciones con fines similares en el sistema de seguridad social de un país extranjero. Existe una exención similar de los impuestos de la Ley de Contribuciones del Trabajo Autónomo (SECA).
Los Acuerdos de Totalización, también denominados acuerdos bilaterales, eliminan la doble cobertura de la seguridad social (la situación que se produce cuando una persona de un país trabaja en otro y está obligada a pagar impuestos de seguridad social a ambos países por los mismos ingresos). Cada acuerdo de totalización incluye normas destinadas a asignar la cobertura de un trabajador al país en el que tiene mayor vinculación económica. Por lo general, los acuerdos garantizan que el trabajador pague impuestos de seguridad social a un solo país, siempre que el trabajador y el empresario cumplan los requisitos de procedimiento previstos en el acuerdo para obtener una exención de los impuestos de seguridad social del otro país.
Acuerdo de totalización con canadá
Alemania | Austria | Bélgica | Canadá | Chile | Croacia | Chipre | Dinamarca | Estonia | Finlandia | Grecia | Hungría | India | Irlanda | Italia | Japón | Letonia | Malta | República de Macedonia del Norte | Países Bajos | Nueva Zelanda | Noruega | Polonia | Portugal | Eslovaquia | Eslovenia | España | Suiza | Estados Unidos de América
Todos estos acuerdos se basan en el concepto de responsabilidad compartida. Los acuerdos de responsabilidad compartida son recíprocos. Los países socios de cada acuerdo hacen concesiones con respecto a sus normas de calificación de la seguridad social para que las personas cubiertas por el acuerdo puedan acceder a los pagos a los que, de otro modo, no podrían optar. De este modo, la responsabilidad de la seguridad social se comparte entre los países en los que una persona ha vivido durante sus años de trabajo y la persona puede desbloquear posibles derechos. Por lo general, se puede acceder a una pensión de un país en el segundo, aunque el país pagador mantiene cierta discrecionalidad en cuanto a la moneda y los mecanismos de entrega utilizados.
Acuerdo de seguridad social entre australia y nueva zelanda
Estados Unidos tiene tratados (o convenios) sobre el impuesto sobre la renta con varios países extranjeros en virtud de los cuales los residentes (pero no siempre los ciudadanos) de esos países están sujetos a un tipo impositivo reducido o están exentos de los impuestos sobre la renta de Estados Unidos por determinados ingresos, beneficios o ganancias procedentes de fuentes situadas en Estados Unidos.
Estas tablas de tratados ofrecen un resumen de muchos tipos de ingresos que pueden estar exentos o sujetos a un tipo impositivo reducido. Para obtener más detalles sobre si un tratado fiscal entre los Estados Unidos y un país en particular ofrece un tipo reducido de impuesto sobre la renta de los Estados Unidos, o posiblemente una exención completa, para los residentes de ese país en particular, consulte la Publicación 901, Tratados fiscales de los Estados Unidos.
Para más detalles sobre los agentes de retención que pagan ingresos a personas extranjeras, incluyendo extranjeros no residentes, corporaciones extranjeras, sociedades extranjeras, fideicomisos extranjeros, patrimonios extranjeros, gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales, consulte la Publicación 515, Withholding of Tax on Nonresident Aliens and Foreign Entities.