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La Ley de Protección de la Seguridad Social de 2004 (P.L. 108-203) exige que un extranjero cuya solicitud de prestaciones se base en un SSN asignado el 1 de enero de 2004 o posteriormente tenga autorización para trabajar en el momento de la asignación del SSN, o en algún momento posterior, para obtener la condición de asegurado en el programa de la Seguridad Social. Los extranjeros cuyas solicitudes se basan en un SSN asignado antes del 1 de enero de 2004 pueden contar todos los ingresos cubiertos para obtener la condición de asegurado, independientemente de la autorización de trabajo. La Ley de la Seguridad Social también prohíbe el pago de prestaciones a los extranjeros que se encuentren en Estados Unidos y no estén “legalmente presentes”; sin embargo, en determinadas circunstancias, los trabajadores extranjeros, así como sus dependientes y supervivientes, pueden recibir prestaciones mientras residen fuera de Estados Unidos (incluidas las prestaciones basadas en el trabajo no autorizado).
La Ley de Protección de la Seguridad Social de 2004 (P.L. 108-203) exige que los extranjeros cuya solicitud de prestaciones se base en un SSN asignado el 1 de enero de 2004 o posteriormente tengan autorización de trabajo en el momento de la asignación del SSN, o en algún momento posterior, para obtener la condición de asegurado en el programa de la Seguridad Social. Los extranjeros cuyas solicitudes se basan en un SSN asignado antes del 1 de enero de 2004 pueden contar todos los ingresos cubiertos para obtener la condición de asegurado, independientemente de la autorización de trabajo. La Ley de la Seguridad Social también prohíbe el pago de prestaciones a los extranjeros que se encuentren en Estados Unidos y no estén “legalmente presentes”; sin embargo, en determinadas circunstancias, los trabajadores extranjeros, así como sus dependientes y supervivientes, pueden recibir prestaciones mientras residen fuera de Estados Unidos (incluidas las prestaciones basadas en el trabajo no autorizado).
Cómo eliminar el válido para trabajar sólo con autorización del dhs
El número de la Seguridad Social (SSN) es un número de identificación único que permite al gobierno de los Estados Unidos controlar sus salarios imponibles ganados como empleado en los EE.UU. Como estudiante o becario internacional, sólo tiene derecho a una tarjeta de la Seguridad Social si tiene autorización para trabajar en los EE.UU.
El SSN no le da autorización para trabajar en Estados Unidos. Simplemente proporciona un número de identificación para que le paguen por un trabajo en EE.UU. y para que su empleador deduzca los impuestos correspondientes en nombre del Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EE.UU.
Siempre que sea posible, debe obtener su tarjeta de la Seguridad Social antes de empezar a trabajar en los EE.UU. Si empieza a trabajar sin número de la Seguridad Social, debe informar a su empleador tan pronto como reciba su número de la Seguridad Social para que pueda modificar sus retenciones a efectos de la nómina.
Alternativamente, si su empleo previsto en los EE.UU. requiere la presentación de un formulario I-765 de solicitud de autorización de empleo (F-1 OPT, J-2, etc.), tiene la opción de presentar simultáneamente su solicitud de Seguridad Social con su solicitud de autorización de empleo.
Los estudiantes con estatus F-1 y J-1 que trabajan en los Estados Unidos deben solicitar un número de la Seguridad Social. Los dependientes con estatus F-2 no tienen derecho a un número de la Seguridad Social. (Los estudiantes que no vayan a trabajar en el campus pero que reciban una beca imponible deberán solicitar un número de identificación fiscal individual (ITIN) a efectos fiscales).
El número de la Seguridad Social no es necesario para obtener un permiso de conducir, un teléfono móvil, una tarjeta de crédito, un seguro, la admisión en una institución académica u otros motivos “no laborales”. La Administración de la Seguridad Social también debe verificar sus documentos de inmigración y su estatus con Inmigración antes de emitir el número de la Seguridad Social.
Nota: este es un proceso diferente al que los departamentos de contratación de la UW pueden conocer. Antes había un formulario que había que imprimir y rellenar. Por favor, avise a su supervisor de contratación que este es un nuevo proceso solicitado por el ISS; coincide con la orientación de la Administración de la Seguridad Social.
Todas las oficinas locales de la Seguridad Social están actualmente cerradas al público a partir del 17 de marzo de 2020. Póngase en contacto con su oficina local de la SSA para obtener una cita para solicitar un SSN en persona. Solicite no antes de 30 días antes de la fecha prevista de inicio de su empleo. Lleve consigo:
Trabajar en el campus y obtener una tarjeta de la Seguridad SocialSi usted es un estudiante F-1, puede trabajar hasta 20 horas a la semana mientras la escuela está en sesión. Puede trabajar hasta 40 horas semanales cuando no haya clases o durante las vacaciones anuales aprobadas por el Centro de Lengua y Cultura. No puede trabajar fuera del campus a menos que haya recibido el permiso del Departamento de Seguridad Nacional para hacerlo.Trabajos en el campus
Si usted es un estudiante internacional, debe haber recibido una oferta de trabajo antes de poder solicitar un número de la Seguridad Social. Una vez que tenga la oferta de trabajo, traiga todos los elementos indicados a continuación y visite la Administración de la Seguridad Social (SSA) para solicitar un número de la Seguridad Social: