Agencia tributaria entidades colaboradoras

Oecd tax covid

Se ha definido el procedimiento y las condiciones para el pago de deudas mediante transferencias a través de entidades colaboradoras en la gestión de cobros encomendada por la Agencia Tributaria.Este procedimiento sólo podrá ser utilizado por los obligados al pago que opten por realizarlo de forma presencial y no tengan cuenta propia en ninguna de las entidades colaboradoras de la Agencia Tributaria y, en particular, cuando este tipo de pago se pretenda realizar desde el extranjero.Sólo será aplicable para determinadas operaciones de pago y se exceptúan diversas autoliquidaciones.Será de aplicación a partir del 15 de marzo de 2021.

La reforma fiscal de la ocde

La reforma del sistema fiscal ocupa un lugar destacado en la agenda de muchas autoridades fiscales, gobiernos y organismos del sector público, pero muchas administraciones carecen de la capacidad y los recursos necesarios para emprender estas reformas por sí mismas. El sector privado dispone de importantes conocimientos y recursos, y también puede beneficiarse de un mejor funcionamiento de los sistemas de gestión de las finanzas públicas. Puede ayudar a colmar este vacío de capacidad mediante una mayor colaboración con las autoridades fiscales, a través de actividades como la transferencia de conocimientos y experiencia, recursos financieros, prestación directa de servicios y compromiso cooperativo como contribuyente. Sin embargo, existen notables obstáculos a la participación del sector privado en la reforma del sistema fiscal, como la falta de entendimiento mutuo, la falta de comunicación y los conflictos de intereses reales o percibidos. Aunque en algunos casos los conflictos de intereses pueden hacer inviable la cooperación, en la mayoría de los casos estas barreras no son insuperables. Este informe describe una serie de medidas concretas que el G20 puede adoptar para mitigar estos obstáculos y fomentar una mayor colaboración y capacitación del sector privado en el ámbito de la reforma fiscal.

Iniciativa fiscal global

El 1 de febrero se publicó el Plan Anual de Impuestos y Aduanas para 2021. A continuación se detallan las principales actividades y directrices generales que serán objeto de control y verificación durante el año 2021:
En el ámbito de los procedimientos de investigación y comprobación del fraude fiscal y aduanero, podrán tener especial relevancia las visitas de los agentes tributarios a los contribuyentes dirigidas a verificar el correcto uso de los inmuebles propiedad de las empresas, el control de los arrendamientos de locales y la correcta situación censal.
El uso de equipos y programas informáticos que permiten y facilitan la alteración de registros contables de todo tipo seguirá siendo una prioridad de atención y control en 2021. Además, la Agencia Tributaria continuará verificando a los contribuyentes que hayan incluido reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar (NOL) y deducciones a aplicar en sus declaraciones.
Por último, en el ámbito de la colaboración entre la Agencia Tributaria y la administración tributaria de las comunidades autónomas, se potenciará el intercambio de información y la transmisión periódica de la información contenida en las declaraciones correspondientes a los impuestos gestionados por las comunidades autónomas.

La fiscalidad de las transferencias indirectas en el extranjero: un conjunto de herramientas

Desde la última vez que se conectó, nuestra declaración de privacidad ha sido actualizada. Queremos asegurarnos de que esté al día de los cambios y, por ello, le pedimos que se tome un momento para revisarlos. No seguirá recibiendo las suscripciones de KPMG hasta que acepte los cambios.
El PRTD emitió la Resolución Administrativa No. 21-04 (AD 21-04) para posponer la fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta por parte de los contribuyentes (de calendario, de año corto o de año fiscal) que ordinariamente presentarían sus declaraciones del impuesto sobre la renta a más tardar el 15 de abril. La fecha de vencimiento se ha pospuesto al 17 de mayo de 2021. Del mismo modo, la fecha de vencimiento para pagar cualquier saldo de impuestos adeudados con la declaración se ha pospuesto hasta el 17 de mayo de 2021.
Cualquier contribuyente que necesite tiempo adicional para presentar una declaración de la renta puede obtener una solicitud de prórroga automática de seis meses que será válida hasta el 17 de noviembre de 2021, si la solicitud de prórroga se presenta antes del 17 de mayo de 2021. La solicitud de prórroga automática, sin embargo, no amplía el plazo para pagar el impuesto, y cualquier saldo de impuesto adeudado debe pagarse junto con la solicitud de prórroga para evitar la imposición de intereses, recargos y sanciones.

Manuela Toribio

Bienvenido a mi blog, soy Manuela Toribio y escribo sobre diversos temas de actualidad.

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