Se puede salir de cataluña

Viajes a cataluña

Se recomienda el uso de mascarillas en espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando se produzcan reuniones de personas no convivientes. También se debe llevar máscara en los espacios exteriores, especialmente cuando la aglomeración de personas dificulte el mantenimiento de la distancia física.
Se recomienda que las administraciones públicas competentes limiten el acceso a los lugares de reunión pública, como parques, playas y similares, entre las 00.30 y las 06.00 horas, si no es posible establecer medidas para evitar la aglomeración de personas.
Este horario no se aplica a los servicios de restauración en los centros de trabajo o en los centros sanitarios, sociosanitarios y sociales que son exclusivamente para las personas que trabajan en ellos o están ingresadas como pacientes, ni a los comedores sociales.
Los organizadores de actividades deberán presentar una declaración responsable ante el departamento competente en materia de cultura y ante el ayuntamiento del municipio donde se ubique el lugar de celebración de la actividad, informando de las características del sistema de ventilación y de la calidad del aire, así como de los controles de acceso y movilidad existentes.

Restricciones de la covacha catalana

Se recomienda el uso de mascarillas en espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando se produzcan concentraciones de personas no convivientes. También se recomienda el uso de mascarillas en espacios exteriores, especialmente cuando la aglomeración de personas dificulte el mantenimiento de la distancia física.
Se recomienda que las administraciones públicas competentes limiten el acceso a los lugares de reunión pública, como parques, playas y similares, entre las 00.30 y las 06.00 horas, si no es posible establecer medidas para evitar la aglomeración de personas.
Este horario no se aplica a los servicios de restauración en los centros de trabajo o en los centros sanitarios, sociosanitarios y sociales que son exclusivamente para las personas que trabajan en ellos o están ingresadas como pacientes, ni a los comedores sociales.
Los organizadores de actividades deberán presentar una declaración responsable ante el departamento competente en materia de cultura y ante el ayuntamiento del municipio donde se ubique el lugar de celebración de la actividad, informando de las características del sistema de ventilación y de la calidad del aire, así como de los controles de acceso y movilidad existentes.

Normas de cierre de barcelona

Se recomienda el uso de mascarillas en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando se produzcan concentraciones de personas no convivientes. También se recomienda el uso de mascarillas en espacios exteriores, especialmente cuando la aglomeración de personas dificulte el mantenimiento de la distancia física.
Se recomienda que las administraciones públicas competentes limiten el acceso a los lugares de reunión pública, como parques, playas y similares, entre las 00.30 y las 06.00 horas, si no es posible establecer medidas para evitar la aglomeración de personas.
Este horario no se aplica a los servicios de restauración en los centros de trabajo o en los centros sanitarios, sociosanitarios y sociales que son exclusivamente para las personas que trabajan en ellos o están ingresadas como pacientes, ni a los comedores sociales.
Los organizadores de actividades deberán presentar una declaración responsable ante el departamento competente en materia de cultura y ante el ayuntamiento del municipio donde se ubique el lugar de celebración de la actividad, informando de las características del sistema de ventilación y de la calidad del aire, así como de los controles de acceso y movilidad existentes.

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Se recomienda el uso de mascarillas en espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando haya reuniones de personas no convivientes. También se debe llevar máscara en los espacios exteriores, especialmente cuando la aglomeración de personas dificulte el mantenimiento de la distancia física.
Se recomienda que las administraciones públicas competentes limiten el acceso a los lugares de reunión pública, como parques, playas y similares, entre las 00.30 y las 06.00 horas, si no es posible establecer medidas para evitar la aglomeración de personas.
Este horario no se aplica a los servicios de restauración en los centros de trabajo o en los centros sanitarios, sociosanitarios y sociales que son exclusivamente para las personas que trabajan en ellos o están ingresadas como pacientes, ni a los comedores sociales.
Los organizadores de actividades deberán presentar una declaración responsable ante el departamento competente en materia de cultura y ante el ayuntamiento del municipio donde se ubique el lugar de celebración de la actividad, informando de las características del sistema de ventilación y de la calidad del aire, así como de los controles de acceso y movilidad existentes.

Manuela Toribio

Bienvenido a mi blog, soy Manuela Toribio y escribo sobre diversos temas de actualidad.

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